Examinando por Materia "NARCÓTICOS-LEGISLACIÓN"
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- PublicaciónAcceso abiertoLas drogas: políticas nacionales e internacionales de control. Una introducción crítica(Bogotá: Universidad Católica de Colombia, 2015, 2015) Pérez-Salazar, Bernardo; Tirado-Acero, Misael; Vizcaíno-Solano, Angélica; Pérez-Salazar, BernardoEl control de drogas es un tema que durante décadas ha alimentado la violencia política en Colombia y contribuido a entronizar en nuestra cultura los anti-valores que soportan la industria del tráfico internacional de drogas ilícitas. Entre ellos, la generalización del afán de enriquecimiento fácil y rápido, uno de los patrones más dañinos que han dejado los contrabandistas y narcotraficantes y que se celebran en las dramatizaciones televisadas que hoy representan uno de los productos bandera de exportación de nuestra industria cultural. La corrupción generalizada es otra de las consecuencias más infortunadas que deja la cultura del narcotráfico. Cerca de cinco millones de hectáreas de nuestras tierras más productivas, adquiridas con dineros producto del tráfico internacional de estupefacientes, han pasado a manos de narcotraficantes durante las últimas décadas con la complicidad de abogados, notarios, registradores de instrumentos públicos, banqueros, autoridades civiles, de policía, militares y representantes políticos. Si bien, por medio de leyes para la extinción de dominio a favor del Estado de bienes derivados de actividades ilegales, el país hace esfuerzos importantes para recuperar estas tierras mal habidas por testaferros que encubren tanto a narcotraficantes como a cabecillas de grupos armados ilegales; tristemente, de un total de dos millones de hectáreas incautadas dentro de procesos penales de esta naturaleza, aproximadamente un millón y medio de hectáreas han sido devueltas.
- PublicaciónAcceso abiertoLa experiencia internacional en el control del consumo de sustancias psicoactivas(Bogotá: Universidad Católica de Colombia, 2015, 2015) Pérez-Salazar, Bernardo; Tirado-Acero, Misael; Pérez-Salazar, BernardoComo se vio anteriormente, a finales del año 2009 el Congreso de la República realizó los debates reglamentarios para aprobar una reforma constitucional que prohibió el porte y consumo de sustancias estupefacientes o sicotrópicas y estableció medidas y tratamientos administrativos de orden pedagógico, profiláctico o terapéutico para las personas que consuman dichas sustancias. Aparte de los perjuicios y molestias que implica la toxicomanía para la sociedad en su conjunto, incluyendo la carga que esta representa para los sistemas de salud y seguridad social, quien haya conocido de primera mano el sufrimiento y dolor de familias afectadas por uno o varios consumidores problemáticos tanto de drogas ilícitas como de alcohol, comprende y comparte por completo esta intención manifiesta que se impone el Estado mediante la nueva disposición constitucional. No cabe duda, además, que esta representa un avance en la medida en la cual reconoce que los consumos problemáticos de sustancias psicoactivas serán mejor atendidos por medio de dispositivos administrativos que garanticen acceso a tratamientos profilácticos y terapéuticos, que a través del sistema penal como ocurre hasta el presente.
- PublicaciónAcceso abiertoPerspectivas nacionales e internacionales de la política de control de drogas en el futuro(Bogotá: Universidad Católica de Colombia, 2015, 2015) Pérez-Salazar, Bernardo; Tirado-Acero, Misael; Pérez-Salazar, BernardoDurante la década anterior, las reformas judiciales en el mundo incorporaron de manera parcial elementos del “modelo médico” de la farmacodependencia, el más visible de los cuales consiste en redefinir los trastornos relacionados con sustancias ya no como un asunto penal, sino del ámbito de la salud pública. No cabe duda que este giro representa un avance importante, en tanto reconoce y trata el fenómeno como un trastorno complejo, determinado no solo por factores biológicos y genéticos, sino también psicológicos, sociales, culturales y del entorno. La dependencia es un trastorno crónico que con frecuencia concurre con otras condiciones físicas y mentales. La toxicomanía no es una falla en la voluntad o en la fortaleza del carácter, sino un trastorno de la salud que puede afectar a cualquier persona. A pesar de los conocimientos de la neurociencia sobre cuestiones como la vulnerabilidad, los mecanismos de tolerancia, la abstinencia y la avidez; en la actualidad no se puede predecir quién perderá el control por el consumo de drogas para luego hacerse dependiente. Para algunos individuos el “interruptor” cerebral que desencadena trastornos relacionados con sustancias se activa tras un breve lapso de consumo abusivo, mientras que en otros el cambio ocurre de manera gradual, aun en presencia de consumo de grandes cantidades de drogas. Lo que sí se sabe con certeza es que el potencial de una sustancia dada para producir dependencia es afectado por la herencia genética de cada individuo, así como por las circunstancias socioculturales en las que se utiliza.
- PublicaciónAcceso abiertoLa reforma de la “dosis de uso personal” en Colombia(Bogotá: Universidad Católica de Colombia, 2015, 2015) Pérez-Salazar, Bernardo; Tirado-Acero, Misael; Vizcaíno-Solano, Angélica; Pérez-Salazar, BernardoPara cuando Colombia ratificó, mediante la Ley 67 de 1993, la última de las tres convenciones referidas, todas las obligaciones contempladas dentro del sistema internacional de fiscalización de drogas habían sido previamente incorporadas a la legislación colombiana. Por medio de la Ley 30 de 1986, que establece el Estatuto Nacional de Estupefacientes, se sanciona como delito grave el cultivo, conservación y financiación de plantaciones de las que pueda producirse cocaína, morfina, heroína o cualquier otra droga que produzca dependencia; así como el transporte, almacenamiento, conservación, elaboración, oferta, venta, adquisición, financiación o suministro a cualquier droga que produzca dependencia. También sanciona el destino ilícito de bienes muebles e inmuebles para la elaboración, almacenamiento, transporte, venta o uso de estas drogas así como la posesión ilegal de elementos que sirvan para su procesamiento, entre ellos, éter etílico, acetona, amoníaco, permanganato de potasio, carbonato liviano, ácido clorhídrico, ácido sulfúrico, diluyentes, disolventes u otras sustancias que se utilicen con el mismo fin.
- PublicaciónAcceso abiertoEl sistema internacional de fiscalización de drogas(Bogotá: Universidad Católica de Colombia, 2015, 2015) Pérez-Salazar, Bernardo; Tirado-Acero, Misael; Vizcaíno-Solano, Angélica; Pérez-Salazar, BernardoLa arquitectura institucional con la cual se gobierna hoy la fiscalización internacional de drogas en marco del Sistema de las Naciones Unidas, se desarrolló formalmente a partir de la creación de la ONU al finalizar la Segunda Guerra Mundial. Muchos órganos fueron calcados de mecanismos de control del tráfico de drogas peligrosas establecidos en el contexto de la Liga de las Naciones, en el período entre las dos Guerras Mundiales. Es el caso, por ejemplo, del Comité Asesor sobre el Tráfico del Opio y otras Drogas Peligrosas, creado en 1920, precursor de la Comisión de Estupefacientes que actualmente funciona en el marco del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas. El Comité de Salud de la Liga, entre cuyas funciones estaba la de recomendar las plantas y derivados que deberían ser objeto de fiscalización internacional, es por su parte el antecesor inmediato de la Organización Mundial de la Salud.