El presente artículo estudiará la novedosa herramienta contemplada en la Ley 1437 de 2011, el mecanismo de extensión de sentencias de unificación del Consejo de Estado. El interés se centra en la primera parte, título I, capítulo II, artículo 10 de la ley en mención, el cual se refiere al deber de aplicación uniforme de las normas y la jurisprudencia, llevándonos a dilucidar el precedente judicial, basándose en las diferentes posiciones jurisprudenciales al respecto, en segundo lugar, en la primera parte, título v, articulo 102 se despliegauna fase administrativa donde se sostienen las directrices de la extensión de la jurisprudencia del consejo de estado a terceros por parte de las autoridades y finalmente en la primera parte, titulo vii, el artículo 269, esboza el procedimiento para la extensión de la jurisprudencia en fase judicial, permitiendo así claramente reflexionar sobre esta figura jurídica, partiendo del sustento teórico versus las principales dificultades en el momento de su implementación.