La libertad de culto es un derecho integrado en la Constitución Política de 1991, Ley 133 de 1994 y demás normas concordantes nacionales, tratados internacionales que hacen parte del bloque de constitucionalidad. Por ende, en el presente artículo de revisión se tiene en cuenta la importancia de la normatividad, la diversidad de religiones, aquellas diferencias y similitudes existentes, la autoridad que controla y vigila los actos emanados de cada religión de acuerdo a su cultura y vacíos que la legislación conserva.