Principio de favorabilidad -ausencia en el derecho civil colombiano-. Bases constitucionales para su incorporación: del sistema escritural a la oralidad
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Resumen en español
El cambio de legislación de un sistema procesal mayoritariamente escritural a un sistema procesal donde prima la oralidad permite afirmar que se han limitado las posibilidades de vulneración de los derechos fundamentales o de que se restrinjan las garantías indebidamente, la inmediatez permite que en el momento exacto en que se vislumbre una posible vulneración, esta se pueda detener. En este contexto, se destaca el Principio de Favorabilidad, el cual ha sido aplicado tradicionalmente en ramas como el derecho penal y el derecho laboral, siendo luego su concepto extendido a otros ámbitos jurídicos, buscando la aplicación de la norma procesal que beneficie en mayor medida al destinatario de la norma, posibilidad que a la fecha no existe en el derecho civil, por lo anterior el presente escrito evalúa la posibilidad de extender esta garantía constitucional al derecho civil colombiano, teniendo en cuenta el cambio normativo procesal –Código General del Proceso- cuya expedición se dio en el año 2012, el texto planteará como hipótesis la ausencia del principio de favorabilidad en el derecho civil colombiano, una vez hechas reformas y cambios de legislación por las cuales se pasó del sistema escritural a un sistema de oralidad, debilita las garantías procesales y de seguridad jurídica, para quienes acceden a este tipo justicia.