El régimen de contratación estatal colombiano en relación con las asociaciones público privadas y la infraestructura pública nacional
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Resumen en español
La infraestructura, independientemente del sector, resulta una prioridad no solo por la satisfacción de necesidades públicas sino por la importancia que tiene en la competitividad y economía de un país, resultando un elemento fundamental, por ejemplo, para la conectividad de las regiones y puertos con las principales ciudades del país, así como para la prestación de los demás servicios públicos como salud, educación, entre otros. Por esta, razón y con el fin de incentivar la participación del sector privado en el desarrollo de la infraestructura tanto productiva como social que requiere el país, el Congreso de la República expidió la Ley 1508 en el año 2012, para regular las Asociaciones Público Privadas. En vista de lo anterior, el presente artículo será realizado por medio de una investigación jurídica de tipo dogmática, con un método de investigación de carácter deductivo, y tendrá como punto de partida en análisis el Régimen de Contratación Estatal en el ordenamiento jurídico colombiano, pues se cree que las Asociaciones Público Privadas, son meras reuniones o sociedades, y no es así, son un contrato estatal. Por esto se analizará el concepto de contrato, sus antecedentes normativos, las diferencias existentes con los actos y hechos jurídicos, la estrecha relación que tiene con la autonomía de la voluntad, y los contratos estatales desde la perspectiva constitucional colombiana.