La Ley 1676 de 2013 modificó el régimen de Garantías en el sistema jurídico colombiano, motivo por el cual es necesario estudiar los principales puntos del cambio de normativa; como la ampliación de los bienes que pueden ser objeto de garantía, la nueva forma de constituir y ejecutar las garantías, su registro y prelación. Las características de ejecución de garantías de la nueva ley podrían poner en riesgo la Seguridad Jurídica si se tiene en cuenta que el uso de bienes muebles como garantía de créditos y su respectivo registro, crean prelación frente a aquellas garantías que no hayan sido inscritas.