CBBB. Capítulos-Derecho Laboral y Seguridad Social

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    Acceso abierto
    Intermediación y tercerización laboral: relaciones contractuales y cumplimiento de los derechos mínimos laborales irrenunciables del trabajador
    (Bogotá: Universidad Católica de Colombia, 2018, 2018) Almanza-Junco, Javier Eduardo
    La legislación laboral colombiana permite a las empresas contar con trabajadores que, en cumplimiento de diferentes misiones, realicen actividades específicas relacionadas con el objeto social para el que fueron constituidas, sin tener una relación laboral directa entre ellos. Así mismo, consiente la tercerización de las actividades desarrolladas, con el propósito de hacer más eficiente y rentable su actividad económica, a través de la figura de la intermediación, outsourcing o bolsa de empleo.121 Para tal efecto, las empresas y organizaciones pueden acudir a la contratación a través de la intermediación laboral brindada por las empresas de servicios temporales –en adelante EST–. Estas manejan esquemas de contratación y suministro de personal mediante diferentes mecanismos, con el fin de cumplir con los requerimientos de las empresas, aunque también pueden verse, en su tratamiento jurídico, como intermediarios laborales.
  • Publicación
    Acceso abierto
    El debido proceso disciplinario laboral
    (Bogotá: Universidad Católica de Colombia, 2018, 2018) Montenegro-Timón, Juan Diego
    La facultad disciplinaria del empleador encuentra su fundamento jurídico en el elemento de subordinación, propio de las relaciones laborales, y en el correspondiente deber de obediencia impuesto al trabajador en el desarrollo de su labor, teniendo como finalidad el mantenimiento del orden en la empresa y la disciplina en el trabajo. En el ámbito de las relaciones laborales, el ordenamiento jurídico colombiano impone determinadas limitaciones a la forma como el empleador puede dar por terminado, con justa causa, el contrato de trabajo, sometiendo dicha facultad no solo a las causales que puede este alegar, sino además a la forma en que se debe llevar a cabo el despido. A su vez, de conformidad con lo establecido en el artículo 115 del Código Sustantivo del Trabajo, no produce efecto alguno la sanción disciplinaria que imponga un empleador sin previamente haber dado la oportunidad de ser oídos, tanto al trabajador inculpado, como a dos representantes del sindicato al que este pertenezca. Al respecto, la redacción de esta norma ha generado múltiples interpretaciones sobre el alcance de la misma e incluso sobre su constitucionalidad, discusión que se ha traducido en un tema de debate recurrente en los estrados judiciales, especialmente cuando la Litis versa sobre la legalidad del despido o de la imposición de una sanción.
  • Publicación
    Acceso abierto
    Régimen económico del contrato de trabajo
    (Bogotá: Universidad Católica de Colombia, 2018, 2018) Gómez-Escobar, Sehir
    Este capítulo tiene por objeto presentar a empleadores y trabajadores el aspecto económico que deviene de la contratación laboral, con el fin de que los primeros realicen de forma preventiva las proyecciones presupuestales y los segundos conozcan a plenitud sus derechos en el campo salarial y prestacional. Se empezará analizando todo lo relacionado con el salario: con los pagos que constituyen y los que no constituyen salario; con el salario fijo, el salario en especie, el salario variable, el salario mínimo legal mensual vigente, el salario mínimo convencional, el salario integral; con la forma de pactarlo; con quién realiza el pago válidamente; con a quién, cuándo, cómo, dónde y dónde no se hace el pago; con el momento en que el empleador está obligado a pagar el salario sin la prestación del servicio; con la manera en la que se hace el pago del trabajador que desaparece o es secuestrado; y con la forma en la que se procede cuando en el momento de la terminación del contrato se le quedan adeudando salarios al trabajador. Luego, el capítulo entrará en el estudio de cada una de las prestaciones sociales, a cargo de quién están unas y otras, sus fórmulas y su liquidación, todo ello ilustrado con sencillos y prácticos ejemplos. Por último, se presentará el criterio del autor en relación a los trabajadores por días y a sus correspondientes derechos.
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    Acceso abierto
    Precisiones conceptuales e implementación práctica del teletrabajo
    (Bogotá: Universidad Católica de Colombia, 2018, 2018) Diazgranados-Quimbaya, Carlos Manuel
    El presente capítulo tiene como finalidad fundamental ilustrar al lector sobre la institución del teletrabajo, partiendo desde su definición en su concepción inicial, pasando por su evolución a lo largo de las últimas décadas, para finalmente aterrizarlo en el caso colombiano. Esto permitirá identificar su nacimiento bajo la órbita de nuestro ordenamiento jurídico, así como el marco normativo aplicable y las ventajas de su implementación, las cuales desde ya vale la pena mencionar en términos de rentabilidad y productividad. Sin embargo, este es el momento oportuno parar precisar que dicha institución obedece a una de las manifestaciones o concreciones de la flexibilización de las relaciones laborales y, por consiguiente, a una ruptura en la pugna entre la dinamicidad de la cotidianidad y la estaticidad de la norma. Esto, en muy buena medida gracias a los avances tecnológicos. A la postre, si bien la misma figura representa numerosas ventajas para los empresarios, lo cierto es que quienes realizan su actividad personal a cambio de una remuneración bajo la modalidad denominada teletrabajo también cuentan con los mismos derechos, prerrogativas y privilegios de cualquier otro trabajador.
  • Publicación
    Acceso abierto
    La relación laboral y el contrato de trabajo
    (Bogotá: Universidad Católica de Colombia, 2018, 2018) Vallecilla-Baena, Luis Fernando
    En la época de la Revolución Industrial, siglos XVIII y XIX, en la cual nace la noción del trabajo asalariado, no existía la legislación laboral y la contratación básicamente se regía por el Derecho Privado, donde había absoluta libertad contractual de las partes (trabajador y empleador), como si estas fueran iguales, lo que conllevaba a que las jornadas laborales fueran extenuantes. Así mismo, el trabajo de las mujeres y de los niños era mal remunerado, cometiéndose todo tipo de injusticias con la clase trabajadora que había sido sacada de los campos para ser introducida en las grandes fábricas. Con el Tratado de Versalles, que pone fin a la Primera Guerra Mundial, se crea la Organización Internacional del Trabajo –OIT– de 1919. Con esta se frena la injusticia social imperante y surge el Derecho Laboral, que va a ser el encargado de regular las relaciones entre empleadores y trabajadores, partiendo del principio de la desigualdad contractual de las partes y poniéndole límite a la expresión de la voluntad contractual del trabajador.