La junta internacional de fiscalización de estupefacientes y la eficacia de la política antidrogas: el caso colombiano
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En 1961, con el fin de establecer mecanismos de control en la lucha contra las drogas, se unificaron nueve convenios internacionales -vigentes en ese momento- para la fiscalización de la fabricación, porte, consumo y tráfico de estupefacientes. El resultado fue la Convención Única sobre Estupefacientes de ese año, de la cual se derivó, en 1968, el establecimiento de la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes, en adelante JIFE. Posteriormente, la convención única fue enmendada por el Protocolo del 25 de marzo de 1972, celebrado en Ginebra, y, finalmente, el Convenio de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de 1988. La convención de 1961 estableció tres listas que definen y clasifican las sustancias controladas que los Estados Miembros deben observar para hacer efectivas las disposiciones formuladas y, cuya fiscalización, es responsabilidad de la Comisión de Estupefacientes a través de la JIFE.
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Identificador ISBN
978-958-8934-19-8 (digital)