Mandatos de protección del Estado colombiano a los niños como respuesta a su responsabilidad en tiempos de conflicto y posconflicto
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Resumen en español
Son varias las normas que en el sistema jurídico colombiano señalan la obligación de proteger a los niños en el contexto del conflicto armado. Entre ellas se destacan la Convención de los Derechos del Niño (Ley 12 de 1991) y el Protocolo Facultativo Relativo a la Participación de Niños en los Conflictos Armados (Ley 765 de 2002). Una y otra norma establecen, fundamentalmente, que el Estado debe abstenerse de reclutar personas menores de 18 años, adoptar medidas para impedir el reclutamiento de niños para el conflicto armado, desmovilizar a los niños menores de 18 años que han participado o han sido utilizados en el conflicto, brindarles la atención física y psicológica necesaria para su reinserción social e impedir que los grupos al margen de la ley recluten menores para el conflicto armado.148 Para ello, en primer lugar, se realizará una caracterización general sobre la estructura de las observaciones y, posteriormente, se presentarán los mandatos específicos de estas, en razón de los criterios derivados del género, la edad, la pertenencia a una comunidad indígena o afrodescendiente y las diferentes afectaciones en la salud. Desde otra perspectiva, se evidenciará cómo la afectación del medioambiente provocada por el conflicto armado interno involucra y perturba directamente la vida de los niños.
Descripción general
Notas
URL del Recurso
Identificador ISBN
978-958-5456-25-9 (digital)