Los criterios de imputación de la responsabilidad civil en Italia
Portada
Citas bibliográficas
Código QR
LA Referencia Stats
Autores
Autor corporativo
Recolector de datos
Otros/Desconocido
Director audiovisual
Editores
Tipo de Material
Fecha
Materias
Cita bibliográfica
Título de serie/ reporte/ volumen/ colección
Es Parte de
Resumen en español
El sistema italiano de la responsabilidad civil, como se indica por las normas del Código Civil (CC) de 1942, se basa en la presencia de una regla general de responsabilidad implícita en el art. 2043 del CC, cuyo alcance operativo se extiende a cualquier hecho doloso o culposo que causa en otros un daño injusto, e hipótesis especiales, previstas en los artículos 2047-2054 del CC y normas sectoriales.1 El fundamento de la distinción entre las dos categorías se puede comprobar en los diferentes criterios para la atribución de responsabilidad que subyace a las normas pertinentes y, en particular, por el contraste entre un caso particular, el general, que supone que la obligación de pagar una compensación requiere al menos inevitablemente culpa del agente e hipótesis normativas especiales, en el ámbito de las cuales el criterio de imputación no es más directamente la culpa. Más precisamente, la regla del art. 2043 del CC, aplicable en vía subsidiaria a todos los daños derivados de hechos que no están regulados en una disposición especial de la ley, asume el principio de culpabilidad como criterio de imputación mínimo, pero necesario, por lo que va a fundar una hipótesis general de la responsabilidad de carácter subjetivo.2 Junto a esta regla, sin embargo, es bueno recordar que en el sistema italiano de la responsabilidad civil se da una pluralidad de hipótesis normativas especiales, en las cuales los criterios de imputación reposan sobre la autenticidad de los índices objetivamente detectables, mientras que la valoración de la conducta del sujeto al que se tiene la intención de imputar el daño no se toma en cuenta como base de la responsabilidad, sino el límite, como una razón para excluirla. El sistema de responsabilidad civil, de hecho, de cara al crecimiento de las ocasiones del daño, relacionadas con el desarrollo de la sociedad industrial, ha tenido que adaptarse a los criterios de asignación adicionales, que corresponde esencialmente a la función in primis reparadora del resarcimiento del daño. En este grupo de caso especial, a veces se puede encontrar alguna prueba de liberación, el suministro del agente para demostrar su responsabilidad no penal; posibilidad que, por el contrario, no se da, de encontrar en esas hipótesis que se atribuyen a la categoría de responsabilidad puramente objetiva y que, por tanto, representa el punto de máxima distancia con respecto al criterio subjetivo de imputación del daño.
Descripción general
Notas
URL del Recurso
Identificador ISBN
978-958-5456-17-4 (digital)