Análisis económico del derecho: principales antecedentes metodológicos
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Como advierten Arjona y Rubio (2002), la relación entre el derecho y la economía se remonta a miles de años atrás, el Código de Hammurabi (1700 a. C) ya determinaba reglas en materia de salarios e intereses, y el Código de Shulgi (2000 a. C) señalaba que la idea de restablecimiento de la justicia llevaba implícitos cambios en la situación económica. Esta innegable influencia ha evolucionado a lo largo de la historia, y ha permeado el pensamiento de múltiples economistas, inicialmente, y juristas, con posterioridad, para construir una metodología de estudio. Becker, uno de los mayores exponentes del análisis económico del derecho (AED) respecto al diálogo entre estas dos disciplinas ha señalado que: el uso del lenguaje económico para describir una parte del derecho es de gran utilidad. Tanto que pareciera posible utilizar el lenguaje económico en todas las áreas del derecho, pero solo mientras no se olvide que los intercambios reales en ciertas áreas significativas no se realizan bajo una base de uno a uno (Becker, 2002, p. 585).
Descripción general
Notas
URL del Recurso
Identificador ISBN
978-9585456-19-8 (digital)