Fumigación con glifosato en Colombia: política antidrogas vs. derecho a la salud y al medio ambiente
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Resumen en español
El artículo 90 de la Constitución Política de 1991 expone la cláusula general de responsabilidad del Estado tanto contractual como extracontractual que tiene su fundamento en la teoría del daño antijurídico, que deben ser reparados por el Estado, de manera integral, teniendo en cuenta los principios constitucionales y los tratados internacionales integrados mediante el bloque de constitucionalidad. De acuerdo a los últimos debates que se han presentado tanto en ámbitos nacionales e internacionales sobre los efectos negativos del glifosato, es relevante determinar si dado el caso de que se confirme que la utilización del herbicida glifosato para aspersiones aéreas produjo daños en el medio ambiente y la salud de los ciudadanos expuestos a esta sustancia puede configurarse la responsabilidad patrimonial extracontractual del Estado. Considerando que se ha identificado que el glifosato es un herbicida que se utilizado en Colombia para erradicar cultivos ilícitos en el área rural y ante la evidencia de su toxicidad, es necesario determinar si prevalecen las políticas antidrogas del Estado colombiano ante los Derechos a la salud y el medioambiente de los ciudadanos en Colombia. Para establecer si existe o no responsabilidad del Estado sobre los daños ocasionados al medio ambiente y a la salud de los ciudadanos, en el presente trabajo se utiliza como estrategia metodológica del análisis y síntesis, incorporando doctrina teórica y jurisprudencia. Específicamente, se analiza en primer lugar la evolución de la política antidrogas con énfasis en lo ocurrido con las aspersiones y la erradicación manual, posteriormente se revisan algunos informes científicos sobre los daños causados por el glifosato, en particular se comenta lo ocurrido con el caso Monsanto. Finalmente se dedica un aparte especial para analizar la existencia de responsabilidad del Estado por daños causados por la fumigación con glifosato en Colombia.