El presente documento se orienta a exhibir los planteamientos contenidos en la Constitución Política de 1991, como un límite para la tendencia global de industrialización agrícola, a partir de la descripción del problema que confronta la visión ancestral de las comunidades indígenas, en contraste con la obligación que impone la resolución 970 de 2010 del Instituto Colombiano Agropecuario, de implementar una producción agrícola de carácter industrial, con semillas genéticamente alteradas, afectando el derecho al diversidad cultural y étnica de las comunidades indígenas, que han desarrollado a través de un conocimiento generacional, unas técnicas definidas de producción agrícola para el propio sustento y para la comercialización a baja escala.