El Sistema General de Seguridad Social y Salud en Colombia, prevé la existencia de condiciones por medio de las cuales, un trabajador, por factores asociados a una enfermedad o accidente, de origen común o laboral, puede caer en un estado de invalidez que puede ser parcial o total, de carácter temporal o permanente, lo anterior según circunstancias otorga derecho a pensión de invalidez. El reconocimiento de esta pensión deviene del cumplimiento de una serie de requisitos normativos, entre los cuales se encuentra la calificación de la invalidez por parte de una Junta Médica, lo anterior dispuesto por el Decreto 1507 de 2014 que cabe señalar de entrada, no es claro sobre la calificación integral, En este sentido, el actual documento avanza en identificar, sobre la base de lo que se determina calificación integral para fijar la invalidez de una persona.