La Constitución política de Colombia de 1.991, en el marco del modelo de Estado Social de Derecho, tiene la obligación de garantizar las libertades y los derechos de los asociados, en esa medida dentro de los fines del Estado se encuentra la prestación de servicios públicos domiciliarios, esto teniendo en cuenta que los mismos tienen una relación inescindible con la dignidad humana. En ese sentido, el Constituyente de 1991 faculta a los particulares para que puedan prestar directamente este tipo de servicios públicos, no obstante en algunas zonas rurales, dicha prestación no resulta económicamente viable, por las condiciones propias del mercado, lo que dificulta en gran medida la eficiencia de los mismos en estas zonas, es por ello que el presente artículo de reflexión busca identificar las políticas públicas emitidas por el gobierno colombiano para garantizar el acceso efectivo a los servicios públicos en las zonas apartadas del país.