El acceso a la administración de justicia permite al individuo solicitar la determinación de los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico, para que el juez acuda a procedimientos establecidos en la Ley, en diversas ocasiones se ha manifestado que las normas procesales son una herramienta y no un obstáculo para hacer efectivos derechos de las personas, prevaleciendo la justicia formal sobre la material. Este artículo de investigación plantea un análisis sobre el defecto judicial del exceso ritual manifiesto, lo dispuesto por la Corte Constitucional en su sentencia SU-268 de 2019 y la línea jurisprudencial por esta establecida.