Se analiza los compromisos adquiridos por el Estado colombiano y los elementos de la desaparición forzada de personas, conforme a los instrumentos internacionales y la normatividad interna; evidenciando la necesidad de hacer más eficaz el cumplimiento de las preceptivas penales; para lo cual, se procedió a verificar las irracionalidades lingüística, sistemática y práctica, proponiendo la adecuación normativa de los artículos, 165 del Código Penal que define la desaparición forzada, 167 que establece los atenuantes para esta conducta penal, 83 que señala los términos de la prescripción de la acción penal, 199 de la Ley 1098 de 2006 que prohíbe cualquier beneficio para las conductas que se cometa en niños, niñas y adolescentes.