Con el avance tecnológico mundial los delitos evolucionan, siendo por esto necesaria la constante evaluación de los delitos sancionados por la legislación penal en un país, es por esto que el presente artículo pretende, con base en el caso Soto Prieto, profundizar en los delitos informáticos, tipificados en el Código Penal ley 599/ 2000, Titulo VII de la protección de la información y de los datos.