El sector asegurador colombiano generalmente ofrece en la póliza de responsabilidad civil extracontractual coberturas asociadas a los daños patrimoniales excluyendo los daños extramatrimoniales que pueda tener lugar con la ocurrencia del siniestro. En otros casos, cuando se otorga este amparo, no existe claridad frente a las partidas indemnizatorias que componen esta clase de daños y su cubertura.