La cláusula general de la responsabilidad del Estado Colombiana se encuentra contemplado en la Constitución de 1991 en su Artículo 90, dicho apartado Constitucional establece la posibilidad de condenar al Estado Colombiano por aquellas acciones u omisiones provenientes de las autoridades públicas y de las cuales sobrevinieron daños antijurídicos. Es claro entonces establecer que al ser el Congreso de la República, una autoridad pública, puede ver comprometida la responsabilidad del Estado Colombiano por generar daños antijurídicos por su simple actuar o por sus omisiones. (Tomado de la fuente).