La procedencia de la acción de tutela contra providencia judicial no ha sido una discusión pacífica y fácilmente establecida en el país, ha tenido que atravesar numerosas fronteras teóricas para poder llegar a lo que actualmente se conoce como procedencia excepcional, a partir de ese avance se analizaron -brevemente- los pronunciamientos de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado específicamente la Sección Tercera, para así evaluar, cual ha sido su desarrollo, delimitados al periodo 2012 – 2014, para ello se realizó un análisis cuantitativo y cualitativo, que permite evidenciar el desarrollo de esta figura, examinando los casos en los cuales ha sido procedente la protección de derechos fundamentales en sede de tutela, por medio del estudio de los defectos en los cuales ha incurrido la mencionada sección.