El sistema jurídico colombiano, establece que el régimen de contratación estatal, debe regirse bajo los principios constitucionales y legales. Empero, actualmente los operadores jurídicos de las entidades Estatales, se ven abocados en el desarrollo de la actividad contractual a vulnerar los mimos. El problema se genera por la ambigüedad y vacíos normativos de las Leyes 80/93 y 1150/07, pues no son totalmente claras y a pesar de la nueva regulación el error persiste, haciéndose necesaria una pronta solución del legislativo, para que las concepciones jurídicas sean determinables y así acabar con esos baches.